En mi
colaboración anterior, compartí como el gobierno mexicano en 1969 cabildeó para
detener el establecimiento de una Corte Interamericana de Derechos Humanos con
competencia jurisdiccional obligatoria.
Esta
operación fue fructífera pues, varias de las objeciones de nuestro país, a la
que se sumaron otras naciones, fueron tomadas en cuenta; así, en el texto final
se disminuyeron las facultades de la Comisión.
Se creó
la Corte sí, pero ganó la idea de que su jurisdicción tendría un carácter
optativo.
Dice Mónica
Toussaint que:
(…) la
delegación mexicana -presidida por el jurista Antonio Martínez Báez- estimó que
resultaría contraproducente para el país formar parte de la reducida minoría
que votaría en contra, por lo que en el último momento México cambió su
posición y brindó su apoyo para la adopción de la Convención. (La alegría de
servir: 2009)
Cumpliendo
instrucciones precisas, la delegación de México sintió la necesidad de emitir
una declaración en la que fuera expresamente visible el carácter voluntario de
la aceptación de la jurisdicción de la Corte.
Con
este antecedente, el Estado mexicano dejó pasar doce años antes de ratificar la
Convención y fue hasta 1981 que México se puso al corriente con algunos de sus
compromisos internacionales; de esta manera se ratificaron los principales
tratados internacionales de derechos humanos, entre ellos: el Pacto
Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PID CP), el Pacto Internacional
de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDES C) y la ya citada
Convención Americana sobre Derechos Humanos.
A
pesar de la firma de los tratados, el gobierno de México se negó a
reconocer la competencia contenciosa de la Corte. En su defensa casi
caricaturizable, en 1985, el entonces canciller, Bernardo Sepúlveda, argumentó
por qué México rechazaba la competencia de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos:
“Hay
algunas cuestiones… que tienen que ser dirimidas no únicamente a la luz de las
consideraciones políticas o con relación a los fines superiores del respeto a
los derechos humanos. Hay algunas consideraciones que tienen que ver, por
ejemplo, con el ejercicio del poder político en foros internacionales y con la
capacidad de determinados intereses de hacer prevalecer un punto de vista en
contra de países débiles. La experiencia mexicana no ha sido siempre positiva
en lo que hace al sometimiento de diferendos a instancias internacionales.
Llámese Fondo Piadoso de las Californias, llámese Isla de la Pasión, llámese
Chamizal. En todas estas instancias en que hemos sometido diferendos con otros
Estados a la jurisdicción de órganos arbitrales, nuestra experiencia ha sido
negativa… la razón nos fue negada por juegos de poder, por juegos de intereses
o, en su caso, fue diferido el acatamiento de la justicia, la ejecución de la
sentencia por un lapso bien prolongado. De ahí… que haya también un justo temor
al sometimiento, no al arbitraje, sino a la arbitrariedad… (Diario de
Debates de la Cámara de Senadores, LIII Legislatura, año I, 11 de diciembre
de 1985)
Como se
observa, la defensa del Estado mexicano en voz de su canciller, se basa en
experiencias “negativas”. La resistencia se mantuvo hasta que a mediados de los
años ochenta aparecieron los primeros organismos civiles interesados en la
promoción de los derechos humanos - Academia Mexicana de Derechos Humanos, el
Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria y el Centro de Derechos
Humanos Miguel Agustín Pro- gracias a su labor, poco a poco se empezaron hacer
exigibles este tipo de derechos.
Estos
organismos identificaron violaciones a los derechos humanos y abusos cometidos
en el orden de los derechos políticos de los mexicanos. Lo cual llamó la
atención de dos de las principales organizaciones de derechos humanos
internacionales: Amnistía Internacional y Human Rights Watch. Por
lo que en 1986 y en 1990, respectivamente, ambas organizaciones emitieron informes
sobre la situación de los derechos humanos en México.
Esto
obligó a que a finales de los años ochenta el gobierno de Carlos Salinas no
tuviera más alternativa que implementar un control de daños que detuviera los
cuestionamientos no sólo a su persona –cuestionado ya de ilegitimo- si no al
gobierno, en materia de derechos humanos.
Inesperadamente
en junio de 1990, Salinas de Gortari decidió se creara la Comisión Nacional de
Derechos Humanos (CNDH), inspirada en la figura del defensor del pueblo u ombudsman.
Así, se aplicó el principio del “ya que” al gobierno salinista que no tuvo más
salida que crear una figura orillado por las circunstancias.
Pregunta
para la desmemoria ¿Recuerda quien la presidio?
Por hoy
es todo, nos leemos la próxima. Carpe diem.
Doctor, no cabe duda que en este #MéxicoLindoyHerido los más están acostumbrados a llegar tarde a los Derechos y tópicos de necesaria inclusión y aplicación.
ResponderEliminarLos Derechos Humanos, como magistralmente lo ha expuesto en esta y la anterior #Iusfilosofando, no son la excepción.
Por cierto, el primer titular de la CNDH fue Jorge Carpizo.
Un placer leerle.
Doctor, gracias por su texto, me ayudo mucho a entender esa parte porque estoy haciendo mi tesis de maestria y trato el tema. gracias por la información.
ResponderEliminarKarla Jiménez