Sin desarrollo
nacional no hay bienestar ni progreso. Cuando hay miseria y atraso en un país,
no solo sucumben la libertad y la democracia, sino que corre peligro la
soberanía nacional.
Arturo Frondizi
Ahora que las
reformas estructurales terminan por consolidarse en nuestro país como política neoliberal,
donde los más desfavorecidos seguirán en condiciones de desigualdad y las
oportunidades de desarrollo se verán limitadas generacionalmente, parece que
una de las alternativas que pudieran ejercer los ciudadanos que se oponen a
dichas políticas es la desobediencia civil.
La primera
aparición pública del término desobediencia civil, tuvo lugar a mediados del
siglo XIX, con el escrito de Henry David Thoreau que llevaba por título
precisamente Desobediencia Civil.
Pero quizá como señala Pérez Bermejo ("La justificación de la
desobediencia”. Tomo II, Ediciones King Tree, España, 1998) aun cuando Thoreau
definió su acción como desobediencia civil, el significado contextual en que lo
planteó se refería más bien como a lo que hoy conocemos como el derecho a la
objeción de conciencia.
Mohandas Karamchand
Gandhi definió su movimiento no como desobediencia civil sino como Satyagraha (No violencia), que es un
rasgo implícito de ésta; y aunque Gandhi reconoció su deuda con Thoreau,
estableció la diferencia entre su movimiento y la acción y pensamiento del
norteamericano. El propósito de Gandhi no fue reivindicar los principios
básicos de la
Constitución política vigente, sino derrocar todo el poder
político del colonialismo inglés y, con ello, liquidar no sólo la Constitución , sino
toda una forma de vida.
Martín Luther King en
Estados Unidos, inició una lucha contra la discriminación racial y el movimiento
pro derechos civiles entre los años 1950 y 1960 que se consolidó un movimiento
de desobediencia cuestionando así los valores políticos heredados y los poderes
políticos. “Se trataba de sustituir los principios políticos fundamentales por otros completamente novedosos, una lucha anti-sistema”.
(cfr. PÉREZ
Bermejo).
Como podemos
observar en los casos anteriores; la desobediencia jugo un papel fundamental de
cambio social, y parece ser que en los casos que enfrentamos, la desobediencia
no solo debe ocuparse de cuestionar los fundamentos de orden constitucional,
sino las contradicciones internas del sistema, de esta forma la desobediencia
puede modificar la posición de los legisladores respecto de las leyes y
políticas contrarias a la Constitución y su tema central: la soberanía.
Estemos atentos a
las reacciones sociales consecuencia de la insensibilidad de los legisladores
que aprueban sin mediar debate alguno, las reformas a la Constitución.
Por hoy es todo,
nos leemos la próxima. Carpe diem.