En términos legales, un hombre es culpable cuando
viola los derechos de otros. En ética, lo es sólo con que piense hacerlo
Kant
En las entregas anteriores me he permitido presentar al lector elementos de comprensión para entender la importancia del fortalecimiento del Estado Democrático de Derecho, su defensa y surgimiento, hoy presento más elementos para darle una dimensión distinta a nuestra concepción de cumplir la reglas.
Para Kant, los hombres tienen la capacidad de establecer las normas que habrán de regir su vida. Cuando se trata de normas personales, que tienen que ver con el modo de conducirse en términos de lo que consideran bueno o malo, hablamos de normas morales. En este punto pareciera ser que las normas morales no son distintas de las normas jurídicas, puesto que ambas responden a la misma capacidad humana. La diferencia radica en que las normas jurídicas, aunque surgen de la moral, se expresan externamente y son aplicadas por medio de una coerción pública legítima.
Kant recurre también a la idea de contrato social, pues tiene que mostrar el fundamento de la obligación ciudadana de obedecer las leyes de la sociedad. El contrato social permite que la razón legisladora de cada individuo se comprometa a abandonar su libertad natural, salvaje y sin ley, y la recupere luego como miembro de una comunidad, es decir, como miembro de un Estado.
El contrato social vincula las aspiraciones morales individuales con un sistema de leyes jurídicas que permiten a los hombres guiar la búsqueda de su propia felicidad. A diferencia de Rousseau, Kant no cree que el Estado deba tener como objetivo la felicidad de sus ciudadanos. Ésa es más bien una aspiración que cada uno de ellos debe satisfacer. Por eso, las leyes del Estado no pueden plantearse el bien común como equivalente de la felicidad de todos. Si así fuera, el Estado estaría robando a los individuos su autonomía para decidir sobre las mejores vías para alcanzar su felicidad.
Lo que el Estado tiene que hacer es promulgar una Constitución que establezca normas generales y abstractas que garanticen la libertad e igualdad de todos los hombres en términos legales. Por ello, las normas constitucionales deben estar en consonancia con las normas morales descubiertas por la razón autolegisladora. Esta relación entre normas morales (que ordenan el comportamiento interno) y jurídicas (que ordenan el comportamiento externo) sólo tiene sentido si están orientadas por el mismo principio moral. Tal principio moral es lo que Kant llama “el imperativo categórico”.
Otro punto fundamental en una concepción del Estado de derecho es la libertad. Según Kant, las libertades básicas están garantizadas en un Estado que, por definición, es un Estado de leyes. Por ello dice que: “El derecho es la limitación de la libertad de cada uno a la condición de su concordancia con la libertad de todos, en tanto que esta concordancia sea posible según una ley universal”. (KANT: La metafísica de las costumbres. Tecnos: 1994)
Si sostenemos que un Estado sólo puede ser la unión de hombres libres bajo normas jurídicas, actualizamos la hipótesis del elemento esencial del Estado de derecho: la juridización de la política, que dicho de tal forma, no es más que darle reglas al juego de quehacer cotidiano del hombre. Ya que cuando la política es regida por normas jurídicas generales y abstractas, tenemos como consecuencia la protección de los derechos individuales por medio de un poder político coactivo y la actuación del gobierno limitada por los derechos ciudadanos.
Aunque esto no sea del todo correcto y para muestra os casos de como la juridización de la política también ha traído la consecuencia de utilizar a la norma para detener, golpear y controlar a los adversarios políticos, léase caso Hank Rhon, Pablo Salazar, o Martín Orozco (Candidato del PAN al gobierno de Aguascalientes). Y el caso, no es su inocencia o culpabilidad, sino la forma en como la administración de la justicia es usada como herramienta contra los adversarios.
Por ello, la figura máxima que garantiza que esos derechos no sean vulnerados es la Constitución, concebida como ley fundamental cuyos principios velan por la libertad de los ciudadanos. En tal sentido, es prudente considerar que sin Estado de Derecho no existe democracia. Pues en la construcción del Estado de Derecho participamos todos y es así como se construye, no por obra del espíritu santo, ni por generación espontánea.
Hemos visto como en las dos últimas décadas de vida política y jurídica de México la construcción de un Estado Democrático y de Derecho, ha sido una tarea nada sencilla pues su construcción es un proceso que involucra a todos los actores políticos relevantes y a la ciudadanía. Pero no termina en su impresión como sistema jurídico o constitucional. Es decir, el Estado de Derecho se expresa y realiza en la norma legal, pero también en la definición y el funcionamiento efectivo de las instituciones, y no como instrumento político; de igual forma se fortalece en la cultura y las prácticas políticas de los actores.
En el Estado de Derecho prevalece el gobierno de las leyes (the rule of law) sobre el arbitrio de los hombres, al tiempo que se reconocen y garantizan las libertades de los ciudadanos. Quizá por ella la convocatoria del día de hoy sea el que no contribuyamos a desvanecer lo poco que se ha construido y que aunque parezca exagerado ha costado vidas.
De cientos de ciudadanos que agrupados en organismo civiles, partidos políticos, o de forma individual han otorgado su vida por exigir el cumplimiento de la ley. Por ello, el Estado de Derecho, es un patrimonio común que debe ser creado, protegido y consolidado responsablemente por todos los actores políticos y por sus ciudadanos.
No permitir que el Derecho se someta a los intereses coyunturales de los actores a cargo del poder es una responsabilidad cívica que pocos se atreven a ejercer, por ello, es necesario garantizar el mantenimiento del Estado de Derecho, y así permitir que los espacios y los procedimientos legítimos para la libre confrontación de los proyectos y los programas políticos se den más allá de utilizar al derecho como arma política.
Cumplir y hacer cumplir es tarea de tod@s, aun de quienes piensan que no deberían existir leyes, o de que sería mejor no cumplirlas, ya que la convocatoria a no cumplir las leyes, es también una regla. Por hoy es todo nos leemos la próxima. Carpe diem.
5 comentarios:
Maestro:
Muy buen tema, coincido en su afiormación hay que respetar y defender al Estado de derecho, y como bien dice, en alguna otra coloboración, si no es njusto hay que cambiarlo y usted propone la desobediencia civil. Felicitaciones
Luis
Una sola cosa puedo decir, no siempre el Estado de Derecho es Justo, porque están haciendo las Leyes a la medida de los legisladores, no a la del ciudadano, que a su vez ha dejado de tener interlocución efectiva con legisladores y gobierno.
Rafael Ortiz
En Mêxico se menospreciô la Êtica eliminando la materia de los planes de estudio. Hay consecuencias graves
Justino D. Mijangos
Interesante Columna nos presentas Maestro Samuel, donde unes elementos doctrinales con la realidad política imperante. Se nota que eres un excelente investigador.
Un honor y altamente placentero leerte.
Una de las principales causas del movimiento estudiantil mexicano de 1968, es tanto el cumplimiento de la ley como de su reforma, México probablemente es uno de los países que más leyes tenga, pero que no se cumplen e incluso al 100%, debemos recordar por una parte que hay en el inconsciente colectivo del país un ir en contra de la ley, pero que se puede decir de la corrupción incluso de los mismos jueces, eso si que esta de pensarse por que es del tamaño de la injusticia...
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