@iusfilosofo
En una
sociedad democrática, se reconoce que cada ciudadano es responsable de su
interpretación de los principios de justicia y de su conducta a la luz de estos
principios. No puede haber una interpretación legal o socialmente aprobada de
estos principios que siempre nos obligue moralmente, ni aunque provenga de un
tribunal supremo o de la legislatura.
John Rawls
Cada semana que avanza y a punto de terminar 2016, conocemos casos
relacionados con justicia e injusticia, en los cuales pareciera que quien tiene
el poder económico o político está exento de las largas formas de los caminos
de la burocracia que conducen a la justicia. Esos caminos que para los
ciudadanos comunes son tortuosos.
Por más que existan discursos que ensalcen y defiendan al Estado de Derecho,
y se organicen concursos para hablar de él, pocos son los que saben que para
hablar de Estado de Derecho, debe comprenderse al menos cuatro características
básicas según Elías Díaz, la primera el Imperio de la ley, es decir, la ley
como expresión de la voluntad general; la segunda, la división de poderes:
Legislativo, Ejecutivo y Judicial; la tercera se refiere a la legalidad de la
administración pública: actuación según la ley y suficiente control judicial; y
la cuarta, derechos y libertades fundamentales: garantía jurídico-formal y
efectiva realización material (DÍAZ Elías, Estado de derecho y sociedad
democrática).
Con esas características perfectamente bien identificadas, se puede
comprender la realidad nacional. Esa realidad que en el contexto del aniversario
del inicio de la Revolución mexicana cobra un valor fundamental, sobre todo si
ponemos al día las demandas de aquellos momentos y las necesidades nacionales
de nuestros tiempos.
En uno y en otro momento, más de cien años después, la demanda sigue
teniendo un factor común: justicia. Y entendida esta no necesariamente como la
definición Ulpianiana que sostiene que: Iustitia
est constans et perpetua voluntas ius suum cuique tribuendi (justicia es la
constante y perpetua voluntad de dar a cada uno su derecho o lo que le
corresponde). Porque esto daría pie a justificaciones, lo cual da sustento a
recuperar la opinión de Rawls que afirma que “la injusticia no surge de una
falla humana, sino de una combinación fortuita de circunstancias que hacen
fracasar el objetivo de las normas jurídicas”. (RAWLS, John, Teoría
dela justicia).
Más bien, la realidad nos hace entender a la justicia -recuperando
nuevamente a Rawls- como la virtud práctica de entes que tienen intereses
concurrentes en competición y pretensiones en conflicto y en la que cada uno
tratará de hacer sus propios derechos frente a los demás. La afirmación de
Rawls considera que los principios de justicia son objeto de
un acuerdo entre personas racionales, libres e iguales en una situación
contractual, y que como tal pueden contar con una validez universal e incondicional.
Vivimos tiempos
de polvos de justicia, donde la ley no alcanza completamente a quienes vulneran
el marco jurídico, a los que abusan del poder, a quienes violentan derechos
humanos, a los que se burlan del derecho y la sociedad, y a quienes saben que
la justicia no los alcanzará, porque viven bajo el manto protector del poder económico
y político. ¿Los veremos caer?
Por hoy es
todo, nos leemos la próxima. Carpe diem.
2 comentarios:
Doctor, interesante e ilustrativo texto el que nos compartes esta semana. Sin duda la justicia está diluida en México y en diversas partes del mundo. Lo que es más es un concepto que se aplica con ambigüedad y las leyes ayudan a ello.
Gran columna, la comparto en mis redes.
Excelente aportación Doctor, sin duda el tema de la justicia tiene mucho de que hablar en nuestro país.
Publicar un comentario