México,
según nuestra Constitución, se ha constituido como “una República representativa, democrática, laica, federal,
compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen
interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de
esta ley fundamental”. (Artículo 40.)
La
República es entonces, más que un concepto una forma de vivir, como señala
Ubiarco Maldonado:
La República significa que niños,
adolescentes y adultos, vivan en un ambiente cordial, en donde se respeten sus
derechos humanos, sus garantías individuales, sus garantías sociales, sus
derechos electorales, esto es una República” (El
federalismo en México…, 2011)
Bobbio, sobre la
República, sostiene que:
La naturaleza de
un gobierno deriva de su estructura, esto es, de la constitución que regula en
cierto modo, que cambia de forma a forma, quién gobierna y de qué manera (Teoría de las formas de… 2003)
Partiendo de la idea de Bobbio,
es la Constitución, -como vimos al inicio- la madre rectora de la vida de
nuestro país; por eso, al momento de su reforma debe tenerse especial cuidado
de no vulnerar esencialmente el espíritu del constituyente.
Como sabemos, las grandes
revoluciones del siglo XVIII arrojaron los primeros documentos propiamente
“constitucionales”. Es decir, los primeros textos políticos y jurídicos en los
que la protección de los derechos quedaba garantizada mediante el instrumento
idóneo para lograrlo: la separación de los poderes del Estado.
Por eso el debate
que se da actualmente entorno a las reformas estructurales no debe de asustar a
nadie, que haya propuestas y contrapropuestas entorno a las iniciativas
presentadas por el señor Enrique Peña, solo fortalecen esta idea de República.
Montesquieu parece darnos la
razón cuando afirma “todo hombre que tiene poder siente inclinación de abusar
de él, yendo hasta donde encuentra límites... Para que no se pueda abusar del
poder, es preciso que, por disposición de las cosas, que el poder frene al
poder”. (Del espíritu de las leyes)
De
ahí que la desobediencia civil, sea un ejercicio de resistencia, pues establece
una relación entre el Derecho y la actividad político-legislativa, teniendo
como fundamento la ética o la moral pública; lo cual, pese a la ignorancia o
malicia de algunos críticos de quien protesta, es decir el desobediente civil,
pese a combatir el derecho, no se desliga en absoluto del mismo pues fundamenta
su causa en principios constitucionales.
Por
hoy es todo, nos leemos la próxima. Carpe diem.
1 comentario:
Doctor, interesante texto. Resulta de un aprendizaje ineludible que debe llevar al debate académico-político-ciudadano para provocar conciencia respecto a cuanto pasa en este país, sin olvidar o dejar de lado su contexto de mundialización.
Un placer leerle.
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