"El éxito y la inteligencia no tienen sexo,
solo prejuicios"
Samuel
Hernández Apodaca
Si bien es cierto que de acuerdo a la
Constitución los partidos políticos son entidades de interés público, que
tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática del
país, cierto es también que estos son espacios en los que confluyen y actúan
intereses particulares que se colectivizan al momento de pertenecer a una
corriente política interna. De ahí que tengan una doble vista, representar a
los ciudadanos y materializar los intereses particulares de esos ciudadanos que
actúan políticamente en un partido.
De cara a la jornada electoral que inicia en
octubre de este año y que concluye el primer domingo de julio de 2012 (al menos
la elección, no los recursos) me permito compartir con ustedes la obra que Angélica
Cuéllar Vázquez e Iván García Gárate (@Juan_Calaveras) han preparado bajo el
titulo Equidad de género y
representación: la regla de alternancia para candidaturas de RP. Nota
introductoria a cargo de Carlos Ferrer Silva. México, Tribunal Electoral del
Poder Judicial de la Federación, 2010.
No es mi objetivo realizar un análisis del
análisis del detallado y accesible que
ya realizaron los autores. Pretendo más bien, hacer una descripción grosso modo, en la intención de que el
lector pueda con el tiempo debido, atender a la obra que nos entregan los
aludidos.
La obra tiene como punto de partida el juicio
para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano (JDC),
interpuesto por la ciudadana Mary Telma Guajardo Villarreal; candidata a
diputada federal por RP (representación Proporcional) del Partido de la
Revolución Democrática en la elección de 2009.
A parte de la obra que se presenta, me parece necesario presentar elementos que vale la pena rescatar previo comento a la obra: 1. La quejosa
pertenece a un partido que fue el primero en incluir la representación de
género en los espacios de dirigencia y de representación popular. 2. Existe en
su partido la cultura del cuestionamiento y no el de la disciplina como en el
de otros partidos; y 3. Se trata, en palabras llanas; de una diputación
federal, de vivir tres años del presupuesto, pues hay que recordar que la
diputación es por RP y que de manera formal no se haca campaña externa.
El origen de dicho juicio surge por de la
inconformidad de la aludida, al momento de la integración de la lista de
candidatos a diputados por el principio de Representación proporcional (RP) del
PRD, que le había sido asignado el cuarto lugar de la lista de candidatos y que
en opinión de la quejosa no correspondía a los criterios de equidad de género
establecidos por el COFIPE.
Los autores de la obra en comento, proporcionan
todos los elementos que permiten tener una visión completa de las implicaciones
y etapas que integran su análisis, pues nos entregan descripción del mecanismo
de protección de los derechos político-electorales del ciudadano, establecido
en la Ley; la estructura de la sentencia que se analiza; la revisión de sus
supuestos normativos; el análisis de fondo y reflexiones sobre las
consecuencias sociales
y políticas de sentencias del TEPJF.
El
touchstone (piedra de toque del
análisis) es la expresión “de manera alternada”, la cual se debe entender como la ordenación de las candidaturas en
razón de género debe ser repetida y sucesiva, mediante la colocación
intercalada de las candidaturas de género distinto”.
La obra tiene una
relevancia importante, pues el estudio hecho a
la resolución del TEPJF presenta una decisión “que reconoce los derechos
de participación política de las mujeres en igualdad de condiciones que los
hombres y que sienta un buen precedente”.
De
ahí la importancia, no solo del fallo emitido por el tribunal, sino de la consideración
primaria que tuvo este partido (PRD) al establecer en sus estatutos la
posibilidad de la distribución equitativa entre género para accesar a los
espacios de dirigencia y representación popular; y que años más tarde, no sin
horas de debate y duras discusiones, fue incluida en la ley (COFIPE). El
triunfo indudablemente, es un triunfo por la libertad de participación política
de las mujeres y su acceso a puestos de dirigencia o representación popular.
Respecto
al planteamiento de Cuéllar y García Gárate, con relación a “la libertad de los
partidos políticos para decidir quiénes deben ser los candidatos que los
representen”. Es cierto, los partidos deben tener autonomía para decidir
quiénes deben ser sus representantes en el poder legislativo, representación que
en términos teóricos serán quienes expresen postulados ideológicos y
programáticos. No obstante, los militantes a través de sus órganos de decisión
política, en este caso el consejo nacional, determinaron establecer ese tipo de
reglas para la conducción interna de su proceso de selección y fue este -no
menos infructuoso por la oposición interna de corrientes- junto con el marco
establecido en el COFIPE los que permitieron el fallo del tribunal.
La hoy diputada,
pertenece a la corriente interna Nueva izquierda y hubiera pasado sin
pena ni gloria, de no ser porque fue la representante del PRD en la sección
instructora de la cámara de diputados para analizar el caso Leonel Godoy
Toscado.
En fin, les invito a conocer y escudriñar la obra en comento, y tener especial interés en el apartado VIII. Otras miradas. Otras lecturas.
Consecuencias sociopolíticas de una sentencia.
Es mi deseo compartir una idea de los autores que sintetiza en mi
opinión la obra:
Las consecuencias establecidas en la sentencia tienen un impacto real en
el campo social. Esta sentencia no sólo restablece los derechos políticos de
Mary Telma Guajardo Villareal, que es el principal motivo político, sino que
también modificó el juego de fuerzas políticas al interior del PRD y transformó
el espacio político del partido. Además, respondió a una demanda social
legítima que es la protección de los derechos políticos de las mujeres
reconocidos en las leyes. (op.cit. p.
73)
Por
hoy es todo, nos leemos la próxima. Carpe
diem.
14 comentarios:
Maestro:
Muy interesante sinópsis de la obra que comenta, y sobre la descripción que hace alrededor de la historia de la diputada y de la figura.
Le felicito por compartir este trabajo y convocarnos a la lectura de la obra, felicitaciones.
Luis
Maestro:
Excelente manera de adentrarnos al texto de los autores que menciona, como todo lo que sale de su magistral pluma, es una magnífica columna.
Un abrazo y mi reconocimiento
Se me vienen varias preguntas a la mente con su artículo sobre la equidad de género; no solo por ser mujer debe tener un lugar. La definición del porqué de los partidos políticos, es preciza, pero lo que hacenesos partidos, es exactamente lo contrario. Eso es lo que no quieren los políticos; debe estar bien estipulado la forma en q participe el ciudadano,no solo votando Reforma.
rafael ortiz
como siempre, muy buenas letras!
Isabel
excelente blog!
Blanca Irene
Buen día...hay que leerlo.
Juan
Como poco se ventila en los medios de comunicación por aparecer otros más caros a la opinión pública, el tema de la equidad de género en la representación política no es tomado en cuenta ni puede medirse por lo mismo su trascendencia. Gracias a esta visión podemos redimensionarlos en nuestra óptica. Gran tema, Felicidades.
Una interesante recomendación.
Un análisis que explica el desarrollo de un parte aguas en la política mexicana. Y una evolución no solo política sino de toda una sociedad.
Excelente texto y desarrollo como siempre.
Además me gusto mucho la frase de su autoría con la que abrió esta publicación.
Que tenga una excelente tarde Maestro. Un abrazo y hasta la próxima!
buena reflexión
JOEL GUSTAVO
@
Es agradable saber que ya en algunos sectores y regiones se preocupen y se ocupen de permitir a la mujer demostrar su capacidad. qué todos los mexicanos piensen así, pero todavía se dan casos de exclusión de género ¡qué bueno que has escrito sobre ello!
Yolanda Guzmán
A título personal, creo que en el sentido estricto, no podremos hablar de equidad mientras haya partidos políticos. Saludos S.
Raúl Márquez Garza
Lectura recomendable
Zarahí Ortíz Mora
Es gratificante conocer por este medio que las mujeres ya no se quedan calladas esperando a ver quien les permite o les otorga el permiso a ejercer sus derechos a los que como ciudadan@ tiene asignados en la constitución, y por el momento no comento más hasta leer la obra
asuntos de genero.Maquiavelo dice que las mujeres no deberían intervenir en política.(comentarios a los discursos de Tito Livio, primera década); por ahí leí en algún libro de león Portilla que los aztecas mantenían a sus mujeres en la cocina fuera del edificio principal, y no quiero decir q lo anterior esté mal o bien , casi que estoy de acuerdo, los tiempos en esencia no han cambiando mucho,,, podría decir que vivimos un continuación de la edad media, En el pasado la mujer ha tenido en mayor o menor grado importante participación en la política, mujeres a lo largo de la historia han tenido el poder. Y han tomado decisiones buenas o malas... el asunto de género en la política no debe impresionarnos tanto,, hasta cierto punto.. creo q en no muchas ocasiones se usa este tema para dividir a la familia, dándole la razón a la mujer de una manera hipócrita, para hundir más al hombre, y atacar el "machismo" .. que el hombre es flojo, borracho y violento,,, AH¡ pero no atacan las causas de la flojera, del alcoholismo y de la violencia masculina... y mucho de ello gran culpa la tiene el EStado ... y sobre todo el Estado capitalista el Estado que promueve la cochina y pederastica religión católica,,, que tiene ejercito de mujeres fanáticas, santurronas, ignorantes,, y que también fornican con los curitas,,, Y como siempre es el asunto del Capitalismo y del socialismo y desde e luego el sistema educativo que cada uno de estos sistemas imparte… claro que también una cosa son las ideas, la teoría y otra la práctica…. Puedo decir que en el tema del GENERO , es decir, eso de la igualdad de hombre y mujer …. Las ideas del socialismo son mejores,, en el sentido de darle más participación a la mujer ….
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